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San Miguel de Tucumán

AFIP incrementó el tope a partir del cual los bancos y las billeteras virtuales deben reportar las transacciones

La institución aumentó los límites a partir de los cuales los bancos y plataformas digitales deben reportar las transacciones de los clientes. Esta medida incluye compras, gastos con tarjetas de débito y retiros de efectivo.

La AFIP, a cargo de Florencia Misrahi, ha actualizado los montos a partir de los cuales las entidades financieras y las plataformas digitales deben informar todas las transacciones, saldos y consumos de las cuentas que manejan. Este contenido está disponible solo para suscriptores.

El lunes se emitió oficialmente la Resolución General 5512/2024.

La AFIP ha fijado nuevos montos para bancos, con el objetivo de simplificar procesos en beneficio de los contribuyentes.

La Resolución General 4298/2024 establece que los montos mínimos para acreditaciones, extracciones en efectivo, saldos mensuales y consumos con tarjetas de débito se han elevado significativamente. Asimismo, la Resolución General 4614/2024 también ha elevado los montos previstos para los Proveedores de Servicios de Pago (PSP).

Estos cambios incluyen una cláusula de actualización cada seis meses basada en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC. Estos nuevos valores serán aplicables a las obligaciones con vencimiento a partir del 1 de agosto y del 1 de febrero de cada año.

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